POLÍTICAS Y CONDICIONES ADMISIÓN DE MASCOTAS
“CISPATA MARINA HOTEL P.H.” Se rige conforme a la ley 746 del 19 de julio de 2002, sobre la tenencia de mascotas dentro de las instalaciones del hotel: “Artículo 1°. Objeto y ámbito de aplicación. La presente ley tiene por objeto regular la tenencia de ejemplares caninos en las zonas urbanas y rurales del territorio nacional, con el fin de proteger la integridad de las personas, la salubridad pública y el bienestar del propio ejemplar canino”
Por lo anterior todo huésped deberá acogerse a las siguientes Políticas y Condiciones para la admisión de su mascota.
CONDICIONES DEL SERVICIO
RESTRICCIONES
NOTA: Quien vaya para un Apartamento Estándar y desee llevar su mascota deberá ubicarse en un Apartamento Familiar y cancelar el valor de Cien Mil pesos ($100.000) noche, por el cambio de la unidad; siempre y cuando cumpla con las políticas establecidas.
COSTO DEL SERVICIO
El valor adicional por la admisión de su mascota es de Cincuenta Mil pesos ($50.000) por noche; dinero que es recaudado para una mejor limpieza y desinfección de la habitación y así garantizar la comodidad del futuro huésped.
NOTA: Leer y firmar el presente documento, como prueba de aceptación de las Políticas y Condiciones estipuladas en el mismo, para la admisión de su mascota.
LA ADMINISTRACIÓN ES LIBRE DE SUSPENDER EL SERVICIO AL (LOS) PROPIETARIOS DE LA MASCOTA POR NO ACATAR EL ANTERIOR REGLAMENTO.